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1. Se pueden inscribir las personas que cumplen alguno de los requisitos académicos que permiten ceder a las enseñanzas artísticas superiores:

a) Tener el título de bachillerato o un título equivalente.

b) Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

2. Se pueden inscribir las personas que no cumplen los requisitos académicos de acceso a las enseñanzas artísticas superiores, pero se encuentran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Han superado la prueba general para las personas mayores de diecinueve años, según figura en el punto cuarto del anexo 1 de la Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 12 de abril de 2021.

b) Acceso a las enseñanzas artísticas superiores para personas sin requisitos académicos, con carácter de excepcionalidad.

– El acceso por esta vía tiene carácter excepcional y se ajusta a lo dispuesto en el artículo 69.5 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, según el cual las administraciones educativas pueden establecer el acceso directo de los mayores de dieciocho años de edad en las enseñanzas artísticas superiores en general mediante la superación de una prueba específica, regulada y organizada por las administraciones educativas, que acredite que el aspirante posee los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento los correspondientes enseñanzas, así como el acceso directo a los estudios superiores de música o danza de los mayores de dieciséis años en las mismas condiciones.

– El alumno deberá adjuntar a la solicitud de inscripción la documentación acreditativa que justifique esta excepcionalidad.

– La dirección del centro resolverá y estos efectos podrá solicitar los informes pertinentes. La notificación se realizará mediante procedimientos ordinarios.

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Publicación original

Prueba específica de acceso a los estudios superiores de Diseño (curso 2021-2022)