Comisión de Servicios para el curso 2021-2022


COMISIÓN DE SERVICIOS PARA EL CURSO 2021-2022

Hoy se ha publicado la Resolución en el BOIB que regula las comisiones de servicios para el próximo curso escolar.

El plazo para presentar las solicitudes y la documentación acreditativa es del 20 al 27 de mayo de 2021, Ambos incluidos.

El trámite se habilitará en la web de la DG el Docente Personal.

Recuerde que la comisión de servicios se concede por un curso escolar y una vez adjudicado es irrenunciable, y que únicamente se puede desistir a la solicitud de comisión de servicios hasta el día 30 de junio de 2021.

El causas para pedir la comisión de servicios son:

A) Para funcionarios de carrera con destino definitivo en las Islas Baleares.

1. Por motivos personales.

Para este punto se podrá solicitar una comisión de servicios, teniendo en cuenta lo que se establece en la instrucción primera y segunda de este anexo, por uno de los siguientes motivos:

a) Por necesidad deatender, transitoriamente, un familiar de primer grado que padezca una enfermedad grave o que tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 65% o que se encuentre en una situación de dependencia reconocida, siempre que la distancia entre el domicilio habitual del familiar y el centro donde el funcionario tiene el destino definitivo sea superior a 25 km en el caso de la isla de Mallorca, 20 km en la isla de Menorca y 20 km en la isla de Ibiza.

b) Para conciliar la vida laboral i la familiar, En uno de los supuestos con un hijo de menos de 6 años (por razones guarda legal), un hijo entre 6 y 16 años (en situación de adopción o acogimiento), en caso de embarazo y fecha de parto prevista anterior al día 31 de enero de 2022.

Además de acreditar la causa alegada, la distancia entre el domicilio habitual del hijo o menor y el centro donde el funcionario tiene el destino definitivo debe ser superior a 25 km en el caso de la isla de Mallorca, 20 km en la isla de Menorca y 20 km en la isla de Ibiza. Asimismo, la distancia entre el domicilio habitual del hijo o menor y los centros a los que se pide el destino en comisión de servicios debe ser inferior a la correspondiente distancia susodicha por isla.

c) Por cualquiera de los motivos anteriores, que deben ser debidamente acreditados, siempre que la comisión de servicios implique un cambio de isla del funcionario que la solicita.

2. Por razones de servicio en los centros educativos.

Para este punto se podrá solicitar una comisión de servicios en un único centro por uno de los siguientes motivos, siempre que la dedicación horaria del motivo alegado sea como mínimo de 4 periodos lectivos.

a) Para ocupar plazas que requieren de una titulación específica: plazas de enseñanza deportivas de régimen especial, plazas perfiladas con titulación en interpretación de la lengua de signos, titulación en riesgos laborales, título profesional de la marina mercante (máquinas, navegación) , carnet de aplicador de productos fitosanitarios) o un nivel específico de idioma extranjero (B2 de francés o B2 de alemán) para impartir materias no lingüísticas.

b) Para ocupar plazas que no requieran de una titulación específica.

3. Para formar parte de los equipos directivos de los centros docentes.

Para este punto se podrá solicitar una comisión de servicios en un único centro.

B) Para funcionarios de carrera con destino definitivo en un centro público de otra comunidad autónoma o de Ceuta y Melilla dependientes del MEFP.

4. Por motivos personales

a) Por necesidad de atender a un familiar de primer grado en los términos descritos en el apartado 1.a de esta instrucción, siempre que el domicilio habitual del familiar sea en las Islas Baleares.

b) Por reagrupamiento familiar, siempre que el domicilio habitual de los hijos menores de edad, a fecha 1 de septiembre de 2021, o del cónyuge o pareja de hecho sea en las Islas Baleares.

C) Para funcionarios de carrera con primer destino definitivo en las Islas Baleares en el curso 2020-2021 o 2021-2022

5. Para formar parte de equipos directivos o por motivos personales:

a) Para formar parte de equipos directivos de los centros docentes.

b) Por conciliación de la vida familiar, en los términos descritos en el apartado 1.b de esta instrucción.

Para este punto, los centros solicitados deben estar ubicados en la misma isla donde el solicitante tiene el destino definitivo.

Recuerde que el trámite se hará exclusivamente telemático, Y necesitais Cl @ viene, DNI electrónico o certificado digital reconocido o Código de usuario de personal docente CAIB. Si no tiene todavía la Clav @ y la desea solicitar de forma presencial, puede solicitar cita previa aquí.



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