Puede registrar las solicitudes presencialmente en la OAC del Ayuntamiento o descargarlas haciendo clic aquí y tramitar telemáticamente al Ayuntamiento de Sant Pol de Mar desde este enlace.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN: del 24 de mayo al 11 de junio de 2021

Umbral de renta – tramo garantizado de ayuda del 50%
El umbral se calculará en función de los miembros computables de la unidad familiar y por la agregación de las unidades de consumo que se detallan a continuación:
– Primer adulto (sustentadores principales): 10.981,40 €.
– Segundo adulto (sustentadores principales): 5.490,80 €.
– Otros adultos que integran la unidad familiar diferentes a los sustentadores principales: 2.745,35 €.
– Por cada niño / a de la unidad familiar: 3.294,45 €.

Documentación obligatoria a presentar:

  • solicitud CCM1
  • Fotocopia DNI / NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Volante de convivencia
  • Indicar el núm. IDALU (código identificador del alumno, facilitado por el Dpto de Enseñanza – se puede solicitar en la escuela)
  • Acreditación de la situación económica 2020, si no se ha hecho Declaración de Renta (es recomienda que los solicitantes realicen la DECLARACIÓN DE LA RENTA).

En caso de que algún miembro de la unidad familiar reciba cualquier tipo de ingreso correspondiente a pensiones o prestaciones no contributivas y / o contributivas según se especifica a continuación, hay que acreditar el concepto y su cuantía:

– No contributivas (exentos de tributación): PIRMI, jubilación, pensión invalidez SOVI, RAI (Renta Activa Inserción), LISMI, PNC incapacidad absoluta y gran incapacidad, orfandad, viudedad, invalidez, LAPAD (dependencia), a favor de familiares, por hijo a cargo, pensión por decisión judicial, y todas aquellas recogidas en el Art. 7 de la Ley 35/2006, de 28 de Noviembre.

– Contributivas: De prestaciones económicas de urgencia social, declaradas por administraciones públicas. – De la Agencia de la Vivienda de Cataluña: subvención en concepto de alquiler a arrendatarios
Las personas que perciban la Renta Garantizada de ciudadanía: certificado acreditativo actualizado.
Las personas que estén dadas de alta en el sistema especial de trabajadores del hogar de la Seguridad Social, deberá aportar el certificado de cotizaciones correspondiente al año 2020.

Documentación complementaria de la situación familiar que se presentará OBLIGATORIAMENTE: (Proporciona puntos extras siempre que se cumpla, antes que nada, el criterio económico)

  • Niños en acogida: se acreditará mediante la resolución de acogida de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia.
  • Cuando el Departamento de Educación determine obligatoriamente el centro de escolarización del menor, y la distancia en vehículo del domicilio al centro escolar sea de más de 3 km o que el desplazamiento tenga una duración superior a 25 min., Y no disponga de transporte gratuito.
  • Documento acreditativo de prestaciones económicas de urgencia social, otorgadas por administraciones públicas, que tengan por finalidad atender situaciones de necesidades puntuales, urgentes y básicas, de subsistencia como, por ejemplo la alimentación, el vestido y el hospedaje.
  • Convenio, sentencia de divorcio: en caso de que uno de los miembros ya no viva en el domicilio, pero esté en el documento de empadronamiento, o el acta final de mediación del Departamento de Justicia.

Documentación complementaria de la situación familiar que NO se debe presentar: (Puntos extras siempre que se cumpla, antes que nada, el criterio económico)

  • Familia numerosa: con carnet acreditativo vigente (general 1,5 / especial 3 puntos)
  • Familia monoparental: con carnet acreditativo vigente (general 1,5 / especial 3 puntos)
  • Carnet de discapacidad.



Publicación original

Abierta la convocatoria de ayudas a comedor escolar para el curso 2021-22