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Reglamento (UE) 2021/382 de la Comisión, de 3 de marzo de 2021
Por lo que se modifican los Anexos del Reglamento 852/2004, en cuanto a la gestión de los alérgenos alimentarios, la redistribución de alimentos y la implantación de la cultura de la seguridad alimentaria.
Si, si … el Reglamento que nos define como responsabilidad ineludible la gestión de la seguridad alimentaria ha sido modificado y el 24 de marzo de 2021 entró en vigor!
Manos a la obra,
introducimos los 3 puntos clave a tener en cuenta, Puedes pulsar más información si quieres leer las entradas relacionadas con cada uno de los temas:
GESTIÓN DE ALERGENOS ALIMENTARIOS
Raíz de la publicación en 2020 del código de buenas prácticas relativo a la gestión de alérgenos por parte de la Comisión del Codex Alimentarius, la Comisión Europea aprueba añadir requisitos que introduzcan buenas prácticas de higiene generales para evitar o limitar la presencia de ‘alérgenos en toda la cadena alimentaria.
REDISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS – EXCEDENTES Y DONACIÓN
Ya hace tiempo que se habla de la estrategia «del campo a la mesa» y uno de los objetivos principales es reducir el desperdicio alimentario y contribuir a la economía circular. La redistribución de los excedentes alimentarios mediante donaciones, siempre que sea seguro, supone uno de los aspectos más valiosos para frenar el despilfarro.
CULTURA DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
El Septiembre de 2020 la Comisión del Codex actualizó su norma base sobre los principios generales de higiene de los alimentos, y por fin introduce el término cultura de la seguridad alimentaria como principio general. Refuerza el impacto real en la mejora de la seguridad alimentaria a partir de la sensibilización y mejora del comportamiento de los manipuladores de alimentos.
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Publicación original